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ISSN: 3028-8983
Vol. 3 2, julio-diciembre 2025 (16-32)
16
Artículo de revisión
El mal manejo de la cadena de custodia y su afectación en la
investigación de la escena de un delito
Poor management of the chain of custody and its impact on crime scene investigation
Génesis Anabel Guevara Hernández*
Universidad Nacional de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
anabelguevara3@gmail.com
https://orcid.org/0009-0008-9740-7558
Miguel Leonardo Mora Romero
Universidad Nacional de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
miguel.mora@unach.edu.ec
https://orcid.org/0009-0003-5878-7766
*Correspondencia:
anabelguevara3@gmail.com
Cómo citar este artículo:
Guevara, G., & Mora, M. (2025). El mal
manejo de la cadena de custodia y su
afectación en la investigación de la escena
de un delito.
Perspectivas Sociales y
Administrativas, 3(2), 16-32.
https://doi.org/10.61347/psa.v3i2.90
Recibido: 4 de junio de 2025
Proceso de evaluación:
4 de junio al 4 de julio de 2025
Aceptado: 4 de julio de 2025
Publicado: 10 de julio de 2025
Resumen: El manejo adecuado de la cadena de custodia representa un elemento crítico
dentro del proceso penal, porque garantiza la integridad, autenticidad y legalidad de los
indicios y evidencias recolectadas. En el contexto ecuatoriano, esta variable cobra
especial relevancia debido a su directa influencia sobre el respeto al debido proceso y la
imparcialidad judicial. El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece normas para
su aplicación, sin embargo, en la práctica persisten debilidades estructurales y operativas
que comprometen su eficacia. Esta investigación tiene como objetivo principal analizar
el impacto del mal manejo de la cadena de custodia en la investigación penal en Ecuador,
con énfasis en su incidencia sobre la validez de las pruebas judiciales y la necesidad de
reformas estructurales. La metodología empleada se basa en un enfoque cualitativo,
sustentado en la revisión normativa, doctrinaria y jurisprudencial. Los hallazgos
evidencian que la falta de capacitación especializada, la inexistencia de protocolos
unificados y la escasa implementación de tecnologías de trazabilidad minan la eficacia
del sistema penal, dando lugar a nulidades, exclusión de pruebas y violaciones al debido
proceso. En consecuencia, se concluye que es importante el diseño e implementación de
políticas públicas orientadas a la formación continua del personal judicial y policial, la
estandarización de procedimientos, la incorporación de sistemas tecnológicos para el
control de la cadena de custodia, y la creación de una unidad técnica especializada. Así,
la cadena de custodia debe concebirse no solo como una práctica técnica, sino como una
garantía procesal fundamental para preservar la legitimidad del proceso penal
ecuatoriano.
Palabras clave: Cadena de custodia, contaminación probatoria, debido proceso, pruebas.
Abstract: Proper management of the chain of custody is a critical component of the criminal
justice process, as it ensures the integrity, authenticity, and legality of the collected evidence and
traces. In the Ecuadorian context, this variable is particularly relevant due to its direct impact on
the protection of due process and judicial impartiality. Although the Comprehensive Organic
Criminal Code (COIP) establishes clear rules for its implementation, structural and operational
weaknesses persist in practice, undermining its effectiveness. The main objective of this study is
to analyze the impact of mishandling the chain of custody in criminal investigations in Ecuador,
with emphasis on its effect on the admissibility of judicial evidence and the need for structural
reforms. The methodology follows a qualitative approach, based on legal, doctrinal, and
jurisprudential review. The findings show that the lack of specialized training, the absence of
standardized protocols, and the limited adoption of traceability technologies significantly weaken
the criminal justice system, resulting in evidence exclusion, procedural nullities, and violations of
due process. Therefore, the study concludes that it is essential to design and implement public
policies aimed at continuous t
raining for judicial and law enforcement personnel, the
standardization of procedures, the integration of technological systems for chain of custody
control, and the creation of a specialized technical unit. Hence, the chain of custody must be
understood not merely as a technical procedure, but as a fundamental procedural safeguard to
uphold the legitimacy of the Ecuadorian criminal justice system.
Keywords: Chain of custody, due process, evidence, evidence contamination.
Copyright: Derechos de autor 2025 Génesis
Anabel Guevara Hernández, Miguel
Leonardo Mora Romero.
Esta obra está bajo una licencia internacional
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1. Introducción
El manejo inadecuado de la cadena de custodia constituye una problemática crítica en la investigación
criminal, especialmente en el tratamiento de evidencias recogidas en la escena del crimen. Según
Marchal (2023), la cadena de custodia comprende un procedimiento técnico y jurídico cuya principal
función es garantizar la autenticidad e integridad de las pruebas, desde su recolección inicial hasta su
presentación ante la autoridad judicial competente. En este sentido, cualquier interrupción, error o
negligencia durante este proceso puede derivar en graves consecuencias jurídicas, afectando la
admisibilidad de las evidencias en juicio y la calidad general de la investigación.
En Ecuador, la importancia de mantener una adecuada cadena de custodia se encuentra claramente
regulada por el artículo 456 del Código Orgánico Integral Penal (COIP, 2014) que exige la
documentación minuciosa y detallada de cada acto de intervención sobre las evidencias recolectadas
en el contexto de un delito. Este artículo establece con precisión la necesidad de identificar a los
responsables directos de la custodia, el registro exacto del lugar, fecha y hora de cada movimiento o
traslado, así como especificar detalladamente las condiciones bajo las cuales las pruebas fueron
almacenadas, transportadas y examinadas. El cumplimiento de estos requisitos legales no solo protege
la integridad física y material de los elementos probatorios, sino que también fortalece la confianza
pública en la administración de justicia, al asegurar procesos judiciales transparentes y fiables.
La cadena de custodia, regulada por el COIP (2014), representa un mecanismo esencial para
preservar la autenticidad, integridad y legalidad de las evidencias dentro de una investigación penal.
Su correcta aplicación impide que las pruebas sean alteradas, contaminadas, sustituidas o perdidas,
garantizando así su validez en el juicio. Por esta razón, es indispensable que todos los operadores del
sistema de justicia, desde los agentes policiales hasta los jueces, actúen con pleno conocimiento y
responsabilidad frente a cada etapa del proceso de custodia. La falta de capacitación, la negligencia o
la omisión en la documentación rigurosa pueden derivar en la exclusión de las evidencias, afectar la
resolución del caso y generar responsabilidad administrativa o penal para los involucrados. En
consecuencia, asegurar una cadena de custodia eficiente no solo fortalece el debido proceso, sino que
también protege el derecho a un juicio justo y la confianza en el sistema judicial ecuatoriano (Duran,
2023).
Cuando se incumplen estas exigencias legales y técnicas, surge el riesgo de contaminación o
alteración de las evidencias, comprometiendo severamente su validez probatoria en juicio. Tal
situación afecta directamente al derecho fundamental del debido proceso consagrado en el artículo 76,
numeral 4, de la Constitución de la República del Ecuador (CRE, 2008), que exige la exclusión de
pruebas obtenidas o manipuladas de forma ilegal o irregular. Al respecto, Chuma y Durán, (2024),
sostienen que la ruptura o alteración de la cadena de custodia puede provocar la exclusión judicial de
pruebas esenciales, debilitando considerablemente la posición acusatoria y afectando negativamente
la búsqueda de la verdad procesal.
La ausencia de una trazabilidad documentada, resultado de un manejo deficiente de la cadena de
custodia, genera dudas legítimas sobre la autenticidad de las evidencias, lo que permite a la defensa
alegar razonables cuestionamientos sobre su integridad (Coscioni et al., 2024). Por ello, corresponde al
juzgador valorar cuidadosamente el impacto de estas irregularidades en la credibilidad de las pruebas
y decidir si conservan suficiente confiabilidad jurídica para ser admitidas en juicio (Mendoza, 2024).
El adecuado manejo de la cadena de custodia, tal como destacan Batista et al. (2024), es clave tanto
para resguardar la integridad de las evidencias como para legitimar el proceso penal. Por esta razón,
es imperativo que los operadores de justicia en Ecuador se capaciten permanentemente y apliquen
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estrictamente los protocolos establecidos en el Código Orgánico Integral Penal, asegurando así la
efectividad de la investigación criminal y evitando que errores técnicos deriven en injusticias
procesales.
El objetivo principal del presente estudio es analizar el impacto del mal manejo de la cadena de
custodia en la investigación penal en Ecuador, con el fin de determinar cómo afecta la validez y
autenticidad de las pruebas, así como proponer medidas para optimizar su gestión. Para alcanzar este
propósito, se plantearon tres objetivos específicos: (1) examinar la función, los principios y la normativa
que regula la cadena de custodia en el sistema penal ecuatoriano; (2) identificar las formas de
contaminación de las pruebas que comprometen su integridad; y (3) analizar las consecuencias
procesales y probatorias derivadas de una gestión inadecuada de la cadena de custodia, a partir del
estudio jurisprudencial del Recurso de Revisión No. 19901-2012-0092, emitido por la Corte Nacional
de Justicia del Ecuador (2021). Este caso constituye un precedente relevante que ilustra las
implicaciones legales y procesales del incumplimiento de los protocolos establecidos para el manejo
de evidencias en el ámbito penal.
La investigación se justifica porque las deficiencias en la cadena de custodia comprometen el debido
proceso y la imparcialidad judicial, generando dudas sobre la legalidad de las pruebas y erosionando
la confianza ciudadana en el sistema penal. Por tanto, resulta relevante aportar soluciones concretas
para fortalecer la administración de justicia en Ecuador.
2. Metodología
El presente estudio adopta un enfoque cualitativo con un diseño documental, jurídico-analítico,
orientado a comprender las implicaciones del mal manejo de la cadena de custodia en la investigación
criminal y su impacto sobre la validez y autenticidad de las pruebas. El objetivo general es identificar
los problemas derivados de una gestión inadecuada de la cadena de custodia, con el fin de proponer
medidas correctivas que contribuyan al fortalecimiento del proceso penal.
La investigación se sustentó en el análisis crítico de fuentes jurídicas y doctrinarias seleccionadas
bajo criterios de inclusión como: pertinencia temática (vinculación directa con la cadena de custodia),
actualidad (publicaciones a partir del año 2014, tras la entrada en vigor del COIP), y relevancia
académica o institucional (normativa nacional, fallos judiciales relevantes, estudios de derecho
procesal penal). Se excluyeron aquellas fuentes que presentaban contenido redundante, sin respaldo
jurídico o sin aplicabilidad al contexto ecuatoriano.
Como parte del análisis normativo, se revisó la normativa vigente en Ecuador, especialmente el
Código Orgánico Integral Penal (COIP), complementado con literatura académica especializada en
derecho procesal penal. Asimismo, el enfoque jurisprudencial se centró en el estudio del Recurso de
Revisión No. 19901-2012-0092, resuelto por la Corte Nacional de Justicia (2021). Este caso se considera
emblemático, porque ejemplifica cómo una irregularidad técnica en la cadena de custodia la
manipulación de teléfonos celulares fue reconocida por el tribunal, el cual resolvió descartar la prueba
comprometida, pero mantuvo la sentencia condenatoria. Esta decisión permite delimitar jurídicamente
el valor probatorio de un indicio afectado y resalta las tensiones entre legalidad procesal y objetivos
de persecución penal.
Este enfoque metodológico integral permite valorar los marcos normativos, doctrinarios y
jurisprudenciales en torno al tratamiento de evidencias, y sustenta la formulación de propuestas
orientadas a mejorar las prácticas de recolección, conservación y utilización de pruebas dentro del
sistema penal ecuatoriano.
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3. Desarrollo
La cadena de custodia: función, principios y regulación
La cadena de custodia está regulada principalmente en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) del
Ecuador, y comprende un conjunto articulado de procedimientos técnicos, jurídicos y administrativos
diseñados para garantizar la preservación y protección integral de los elementos probatorios durante
todas las fases del proceso penal. Brito-Febles y Muñoz-Alfonso, (2023), relacionan esta cadena como
un mecanismo fundamental para asegurar la integridad física, autenticidad, credibilidad y valor
probatorio de las evidencias, evitando alteraciones o manipulaciones indebidas que puedan afectar la
legitimidad del proceso judicial.
Esta a su vez cumple un rol esencial en la administración de justicia penal, pues permite preservar
la integridad, autenticidad y legalidad de los elementos materiales de prueba desde su recolección
hasta su presentación en juicio. Para ello, resulta imprescindible que fiscales, peritos y agentes
encargados de la investigación criminal actúen conforme a protocolos técnicos y normativos rigurosos
que regulan el levantamiento, embalaje, rotulado, transporte, almacenamiento y documentación de
cada indicio (Allauca, 2024). Cuando se vulnera esta cadena, no solo se compromete la calidad técnica
del proceso penal, sino también se erosiona la confianza ciudadana en la justicia.
Este principio ha sido objeto de análisis en precedentes nacionales e internacionales. En el caso
“Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador”, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2015) evidenció
cómo la deficiente gestión estatal sobre la supervisión de bancos de sangre que equivaldría en términos
penales al incumplimiento en la custodia de evidencias médicas críticas derivó en el contagio de VIH
a una niña y, posteriormente, en la impunidad de los responsables por la falta de una investigación
diligente. La Corte concluyó que la ausencia de mecanismos adecuados de fiscalización y
documentación constituyó una grave violación del derecho a la vida, la integridad personal y el acceso
a la justicia. Por otro lado, en el Juicio No. 11282-2018-00996, tramitado por la Corte Nacional del
Ecuador (2023) en un caso de narcotráfico, se reconoció expresamente el valor de mantener una cadena
de custodia estricta. En este proceso, la evidencia fue incautada, rotulada y almacenada en bodegas
policiales bajo condiciones controladas, lo que permitió su validación probatoria durante el juicio. Este
precedente nacional refuerza la necesidad de observar con precisión cada etapa del manejo de indicios
materiales, garantizando que estos puedan ser valorados legítimamente por los jueces sin dudas sobre
su origen o manipulación.
Ambos casos demuestran que la inobservancia de los principios rectores de la cadena de custodia
puede conducir a consecuencias jurídicas graves, como la nulidad de la prueba, la afectación al derecho
a la verdad, la revictimización y la imposibilidad de responsabilizar penalmente a los autores de los
delitos investigados. En el plano internacional, esto puede incluso traducirse en la responsabilidad del
Estado ante tribunales supranacionales, como lo evidenció el caso Gonzales Lluy, donde la falta de
acción estatal provocó un daño irreparable a la víctima y a su entorno familiar.
En el ámbito administrativo sancionador también se presentan deficiencias similares, derivadas
principalmente de la ausencia de normativas específicas que regulen de forma clara y detallada el
manejo de la cadena de custodia. Esta carencia normativa puede afectar la validez de los
procedimientos, debilitar la seguridad jurídica y dar lugar a decisiones impugnables por falta de
garantías procesales. Tal como se ha planteado en la doctrina especializada, es necesario establecer
directrices uniformes que regulen adecuadamente el embalaje, transporte y almacenamiento de los
indicios, considerando su naturaleza física, química o digital (Marcheco, 2024).
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Estas directrices deben extenderse a todos los contextos institucionales penales, administrativos y
civiles garantizando así la legitimidad y eficacia de las decisiones adoptadas (Pilco, 2023), así como la
protección del principio de legalidad y el derecho a la defensa de las partes involucradas. En este
contexto, resulta esencial la documentación minuciosa y continua de cada etapa de la cadena, desde la
recolección inicial hasta su presentación en audiencia judicial, registrando detalladamente fechas,
horas, responsables y circunstancias específicas del manejo. Este requisito formal contribuye a
garantizar la transparencia y trazabilidad de la evidencia, permitiendo auditorías posteriores y
brindando certeza jurídica a las partes involucradas en el proceso penal (Jaramillo, 2024). De este
modo, la regulación contemplada en el COIP refleja los estándares internacionales sobre la cadena de
custodia, destacando la importancia crítica de documentar y certificar todas las acciones realizadas en
torno al manejo probatorio, lo cual contribuye directamente a fortalecer la seguridad jurídica del
proceso penal ecuatoriano (Duran, 2023; López, 2020.)
La trazabilidad es un principio clave de la cadena de custodia, que exige documentar
detalladamente toda manipulación o traslado de las evidencias. Cada movimiento debe ser registrado
con precisión, especificando claramente la fecha, hora, lugar, responsables, motivos del traslado y las
condiciones específicas de almacenamiento. Badiye et al. (2023), mencionan a la trazabilidad como un
valor fundamental para garantizar un seguimiento fiable y transparente de las pruebas desde su
recolección inicial hasta su incorporación formal al juicio, facilitando auditorías y verificaciones
posteriores que aseguren la integridad probatoria. A cada prueba se le asigna un código o número
único que evita confusiones, sustituciones o errores en la identificación durante el proceso penal, esta
identificación única permite gestionar correctamente las evidencias y garantiza que cada elemento sea
tratado individualmente, disminuyendo significativamente los riesgos de contaminación o
manipulación indebida (Solana & Flores, 2023).
Según la Fiscalía General del Estado (2014), la Resolución No. 073-FGE-2014 constituye un
instrumento normativo clave para el fortalecimiento del sistema penal ecuatoriano, al establecer
oficialmente el “Manual de procedimientos de cadena de custodia” como parte del Sistema
Especializado Integral de Investigación de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Este manual regula
rigurosamente todas las etapas del tratamiento de los elementos materiales de prueba: desde la
recolección en el lugar de los hechos, el embalaje con criterios técnicos específicos, el etiquetado y
codificación, hasta su traslado, almacenamiento seguro y entrega formal ante las autoridades
competentes.
De la misma manera, existen instructivos especializados que responden a la naturaleza diversa de
los indicios recolectados, abarcando desde sustancias sujetas a fiscalización, evidencias digitales, papel
moneda, explosivos y vehículos, hasta muestras biológicas, bienes culturales y materiales peligrosos.
Esta diversificación técnica busca garantizar un tratamiento diferenciado y adecuado que evite la
alteración, contaminación o pérdida de las evidencias.
Este enfoque, establecido en la Resolución No. 073-FGE-2014, refuerza los principios de legalidad,
transparencia, objetividad y responsabilidad que rigen la administración de justicia penal. En este
sentido, el Manual de Cadena de Custodia se consolida como una herramienta técnica indispensable
para preservar la validez de la prueba judicial, prevenir nulidades procesales y garantizar una
actuación investigativa profesional, ética y ajustada a los estándares internacionales de derechos
humanos.
Por su parte, Merino y Gómez, (2024) resaltan que la custodia ininterrumpida implica mantener
vigilancia constante o controles estrictos que garanticen el acceso restringido a las evidencias. Este
principio evita alteraciones, contaminaciones, pérdidas o destrucciones accidentales o intencionales
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del material probatorio, la custodia continua constituye una garantía esencial para la conservación
efectiva del valor judicial de las evidencias y la credibilidad del sistema procesal penal.
La integridad y la autenticidad son principios fundamentales en el manejo de evidencias dentro del
proceso penal. La integridad exige preservar las pruebas en condiciones óptimas, considerando su
naturaleza específica ya sea física, biológica, química, digital o documental, mediante métodos de
almacenamiento que minimicen los riesgos por factores externos como temperatura, humedad o
contaminación, garantizando así que las evidencias mantengan su estado original (Matehu & Cajilema,
2024). Por su parte, la autenticidad está directamente relacionada con la capacidad probatoria y la
fidelidad de las condiciones en que fueron encontradas las evidencias, lo cual implica la aplicación de
protocolos técnicos rigurosos que aseguren que los elementos presentados ante el tribunal sean los
mismos recolectados inicialmente. Esta garantía resulta esencial para la confiabilidad del juicio, ya que
cualquier duda sobre la procedencia de una prueba puede afectar gravemente la validez del proceso y
vulnerar derechos fundamentales (Tite et al., 2024).
En consecuencia, el principio de legalidad y documentación implica que todos los procedimientos
relacionados con la cadena de custodia deben ajustarse estrictamente a las disposiciones normativas
vigentes. Toda actuación debe ser debidamente documentada en actas firmadas por los responsables
directos, facilitando auditorías futuras, fortaleciendo la transparencia del procedimiento judicial y
garantizando la seguridad jurídica del proceso penal (Chiluiza, 2024).
En el contexto jurídico ecuatoriano, la cadena de custodia se encuentra regulada de forma expresa
en los artículos 454 al 459 del Código Orgánico Integral Penal (COIP, 2014), en los que se definen
claramente las responsabilidades de los diferentes operadores involucrados en el manejo de
evidencias, incluyendo a agentes policiales, fiscales, peritos y personal técnico especializado. Estas
disposiciones exigen una documentación minuciosa de cada acción relacionada con la manipulación
de los elementos materiales de prueba, abarcando desde la recolección inicial, el embalaje y etiquetado,
hasta el transporte, almacenamiento y entrega en las instancias competentes.
Además de esta regulación central, el COIP incluye normas complementarias que refuerzan el
tratamiento técnico y legal de la cadena de custodia, tales como los artículos 458, 460.2, 462.4, 473, 474,
482.3, 499.2 y 500. Por ejemplo, el artículo 458 establece que la recolección de evidencias debe realizarse
conforme a procedimientos científicos y técnicos establecidos, con el fin de preservar su integridad y
valor jurídico. Por su parte, el artículo 460.2 asigna al fiscal la responsabilidad de dirigir y supervisar
la cadena de custodia, asegurando la observancia de los protocolos respectivos y sancionando
cualquier negligencia que ponga en riesgo la validez de la evidencia.
Así también, el artículo 462.4 sanciona penalmente a quienes alteren, manipulen o destruyan de forma
ilícita los elementos materiales de prueba, dada la gravedad de estas acciones en la administración de
justicia. El artículo 473 establece que toda intervención con los indicios debe registrarse detalladamente,
incluyendo la identificación del responsable, la hora, el motivo y el estado del indicio, lo que permite
asegurar su trazabilidad. De manera complementaria, el artículo 474 regula la entrega formal entre
operadores judiciales, exigiendo documentación escrita y firmas como mecanismo de control y
transparencia.
El artículo 482.3 refuerza la obligación de conservar las evidencias en condiciones técnicas adecuadas
según su naturaleza, lo cual previene su deterioro o pérdida probatoria. Finalmente, los artículos 499.2 y
500 introducen consecuencias jurídicas relevantes: el primero faculta al juez para excluir pruebas que no
cumplan con el procedimiento legal, mientras que el segundo tipifica como delito la alteración dolosa de
evidencias, reconociendo estos actos como formas de obstrucción a la justicia.
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Estas disposiciones reflejan la importancia de una gestión rigurosa, uniforme y técnicamente
documentada de la cadena de custodia. Como destacan Barrezueta & López (2022), así como Vásquez-
Mejía & Trelles-Vicuña (2020), el cumplimiento estricto de los protocolos establecidos por el COIP
constituye una garantía fundamental para la transparencia, la seguridad jurídica y la vigencia del
debido proceso. La normativa exige registros detallados, identificaciones claras, firmas oficiales y
trazabilidad completa desde la recolección hasta la disposición final, de modo que cualquier omisión
puede comprometer la validez probatoria. Por tanto, la cadena de custodia no solo es un procedimiento
técnico, sino un pilar estructural del sistema penal y una salvaguarda de los derechos fundamentales
de las partes procesales.
Contaminación de las pruebas
La contaminación de las pruebas constituye uno de los mayores riesgos en el proceso penal, porque
compromete la integridad, autenticidad y legalidad de los elementos materiales que sirven de base
para la investigación y eventual sanción de una conducta delictiva. En el contexto de la cadena de
custodia, esta problemática puede originarse en cualquier etapa del manejo de la evidencia, desde su
recolección en la escena del crimen hasta su almacenamiento, transporte, análisis pericial o
presentación en audiencia. Las causas pueden ir desde errores humanos involuntarios y negligencia
operativa, hasta fallas estructurales en los protocolos técnicos y deficiencias normativas (Samudio et
al., 2023).
Uno de los tipos más frecuentes es la contaminación física, que ocurre cuando se introducen
elementos externos a la evidencia, tales como fibras, residuos, huellas dactilares ajenas, polvo, fluidos
u otros rastros materiales. Esta contaminación puede producirse por contacto directo de los agentes
policiales, fiscales o peritos con los indicios sin el uso adecuado de guantes, mascarillas o contenedores
estériles. Por ejemplo, un arma homicida puede adquirir huellas de un tercero si no se manipula
correctamente, lo cual distorsiona las conclusiones periciales sobre su uso (Torres et al., 2021). Esta
situación resulta especialmente grave cuando se trata de indicios cuya naturaleza exige conservación
estricta para su análisis posterior, como ocurre con muestras de sangre, fluidos u objetos sensibles a
agentes contaminantes (Basantes & Sánchez, 2024).
La contaminación biológica representa otro riesgo importante, y se refiere a la transferencia
involuntaria de material genético o biológico como ADN, sangre, saliva, tejidos u otros fluidos
corporales. Esta transferencia puede ocurrir cuando una muestra entra en contacto con otra o con el
personal investigador, o cuando se transportan juntas sin las debidas precauciones. Dado que las
pruebas genéticas son altamente sensibles, incluso una mínima alteración puede invalidar su
confiabilidad. En muchos casos, esta contaminación no es fácilmente perceptible, por lo que los
laboratorios forenses deben aplicar protocolos rigurosos de bioseguridad para minimizar el riesgo
de falsos positivos o de exclusión indebida de sujetos involucrados (Nieto, 2016; Janghorban et
al.,2023).
Otro tipo relevante es la contaminación documental, que no afecta directamente el contenido físico
o biológico de la evidencia, pero sí su trazabilidad jurídica. Este tipo de error incluye el rotulado
incorrecto de las evidencias, la duplicación de códigos de identificación, la falta de firmas en los
registros de cadena de custodia, la omisión de fechas y horas precisas, o el registro inadecuado del
traslado entre custodios. Aunque pueda parecer un problema menor, esta forma de contaminación es
especialmente crítica, pues genera incertidumbre sobre la identidad y origen de las evidencias,
debilitando su autenticidad y abriendo la posibilidad de impugnación por parte de la defensa (Guaicha
& Torres, 2022).
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La contaminación deliberada o reiterada de pruebas puede provocar nulidades procesales y
responsabilidades legales para los operadores involucrados, ya que la validez de la evidencia depende
del respeto a principios como legalidad y trazabilidad. Por ello, prevenir esta contaminación es una
obligación institucional que requiere capacitación continua, infraestructura adecuada y aplicación
estricta de protocolos, garantizando así la validez de las pruebas, el respeto al debido proceso y la
legitimidad del sistema judicial.
Consecuencias procesales y probatorias del manejo inadecuado de la cadena de custodia en la
escena del delito
La cadena de custodia representa un conjunto de procedimientos técnicos y legales destinados a
preservar la integridad, autenticidad y legalidad de los elementos materiales de prueba desde su
recolección en la escena del delito hasta su presentación en el juicio. Su importancia radica en que, al
ser un instrumento de trazabilidad, permite garantizar que las evidencias no han sido alteradas,
contaminadas o sustituidas durante el proceso investigativo. En este sentido, el manejo correcto de la
cadena de custodia es vital no solo para validar las pruebas dentro del proceso penal, sino también
para asegurar la fiabilidad de la investigación criminalística que se desarrolla en el lugar de los hechos.
Cualquier desviación, omisión o irregularidad en estos procedimientos compromete seriamente la
eficacia de la actividad investigativa y puede tener efectos jurídicos irreversibles (Mansilla Moya &
Mansilla-Moya, 2022).
La escena del delito, en palabras de López (2023), constituye el punto de partida de la investigación
penal y debe ser tratada como una fuente primaria de información probatoria. En este contexto, la
correcta preservación, fijación, levantamiento, embalaje, rotulación, transporte y almacenamiento de
los indicios materiales ya sean biológicos, físicos, digitales, documentales, entre otros resulta esencial
para reconstruir los hechos y establecer responsabilidades. Cuando los agentes encargados de la
investigación (policías, peritos, fiscales) incumplen con los protocolos técnicos y jurídicos aplicables a
la cadena de custodia, se produce una ruptura en la trazabilidad del indicio, lo que impide demostrar
su correspondencia con la evidencia presentada en juicio. Esta ruptura debilita la capacidad probatoria
del material recabado y puede ser causal de exclusión probatoria por parte del juzgador, conforme lo
establece el artículo 76 numeral 4 de la Constitución de la República del Ecuador (2008) y el artículo
454 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La consecuencia más directa del mal manejo de la cadena de custodia en la escena del delito es la
pérdida de validez procesal de la prueba. Si no se documenta adecuadamente o no se garantiza su
conservación bajo condiciones técnicas apropiadas, la evidencia puede ser excluida por el juzgador.
Elementos como muestras biológicas, armas o registros digitales pueden ser considerados ineficaces si
presentan indicios de contaminación, alteración o manipulación indebida, debilitando así la capacidad
del Estado para sostener una acusación penal. Estas deficiencias permiten cuestionamientos sobre la
autenticidad y legalidad de la prueba, afectando la integridad del proceso en su conjunto (Vieira & de
Oliveira, 2020; González et al., 2021).
Desde una perspectiva procesal, los errores en la cadena de custodia no solo socavan la función de
la prueba, sino que también vulneran el derecho al debido proceso y la seguridad jurídica, pilares
fundamentales del sistema penal acusatorio ecuatoriano. La jurisprudencia nacional ha sostenido en
múltiples ocasiones que las garantías procesales deben ser observadas desde la etapa de investigación
hasta la sentencia, lo cual incluye una recolección y conservación lícita de la prueba. Así lo han
advertido autores como Quizhpi y Vázquez (2022), quienes afirman que la omisión de los protocolos
técnicos en el manejo de evidencias puede traducirse en nulidades procesales por afectación directa al
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derecho de defensa. De forma complementaria, Reina et al. (2024) sostienen que la falta de rigurosidad
en la cadena de custodia vulnera la imparcialidad judicial, dado que la introducción de pruebas
dudosas contamina el juicio y lo priva de objetividad.
En el plano operativo, el mal manejo de la cadena de custodia afecta además la eficacia de la labor
pericial. Los informes técnicos que elaboran los peritos químicos, médicos forenses, balísticos, entre
otros parten del supuesto de que los objetos examinados son auténticos y que no han sido modificados
entre su recolección y análisis. Si este supuesto se ve comprometido, los resultados de las pericias
pueden carecer de valor jurídico, limitando la capacidad del juzgador de llegar a conclusiones basadas
en evidencia técnica y científica. Por lo tanto, la ruptura de la cadena de custodia no solo daña el plano
jurídico-formal, sino también la credibilidad y eficacia del aparato investigativo, al dejar sin sustento
técnico a las conclusiones del proceso (Aguirrezabal, 2023).
El impacto del mal manejo de la cadena de custodia también refleja debilidades institucionales,
como la falta de capacitación, protocolos unificados e infraestructura adecuada. Por ello, se requiere
fortalecer el sistema mediante políticas públicas que profesionalicen al personal, mejoren los recursos
tecnológicos y estandaricen los procedimientos, garantizando así la validez de las pruebas y el respeto
a los derechos fundamentales en el proceso penal.
Análisis jurisprudencial del Recurso de Revisión No. 19901-2012-0092
El Recurso de Revisión No. 19901-2012-0092, resuelto por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, se
erige como un referente jurisprudencial de alta relevancia en materia de cadena de custodia dentro del
proceso penal. Más allá de los aspectos sintetizados en la Tabla 1, este fallo adquiere especial
trascendencia al establecer con claridad los límites jurídicos de las irregularidades técnicas en el manejo
de evidencias, particularmente en contextos complejos como los procesos vinculados a delitos de
narcotráfico.
Tabla 1
Análisis Jurisprudencial - Recurso de Revisión No. 19901-2012-0092 Corte Constitucional del Ecuador
Categoría Descripción Análisis
Caso
Recurso de Revisión No. 19901-2012-0092 -
Corte Nacional de Justicia del Ecuador.
Representa un precedente emblemático en la
jurisprudencia ecuatoriana sobre el alcance
y tratamiento legal de las pruebas
comprometidas por fallas en la cadena de
custodia.
Hecho relevante
Se denunció la vulneración de la cadena de
custodia en la manipulación de teléfonos
celulares incautados durante un operativo
policial.
Pone en evidencia que incluso en delitos
graves, como narcotráfico, pueden
producirse errores técnicos significativos
que afectan la credibilidad de la prueba.
Prueba
cuestionada
Informes periciales confirmaron que los
teléfonos presentaban llamadas salientes
después de estar en custodia oficial.
Este hallazgo compromete la integridad de
los indicios y revela deficiencias en los
controles internos del sistema de evidencia
policial, debilitando la trazabilidad.
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Reconocimiento
judicial
El tribunal admitió la ruptura de la cadena
de custodia respecto a los celulares e
instruyó su exclusión como medio
probatorio, remitiendo copias a la Fiscalía
para investigaciones.
Si bien se reconoció la violación, el tribunal
actuó correctamente al excluir la prueba,
conforme al principio de legalidad, pero sin
extender esta exclusión a todo el proceso.
Efecto en la
sentencia
A pesar de la afectación, la condena fue
ratificada, argumentando que la prueba
excluida no fue determinante para acreditar
la existencia del delito.
Se reafirma la idea de que la cadena de
custodia no tiene un valor aislado, sino que
debe analizarse dentro del contexto del
conjunto probatorio.
Justificación del
tribunal
La Corte sostuvo que la existencia del delito
(tenencia de drogas) fue comprobada por
otros medios válidos, como el acuerdo
probatorio que reconocía la naturaleza y
cantidad de la droga (4.861,42 gramos de
base de cocaína).
El acuerdo probatorio limita el alcance del
recurso de revisión, dado que las partes
reconocieron formalmente la existencia del
objeto material del delito.
Implicación
procesal
Se admite una irregularidad técnica, pero no
se considera suficiente para anular la
sentencia, lo cual pone en debate los límites
de la exclusión probatoria en presencia de
múltiples fuentes de prueba.
El caso demuestra la importancia de
establecer estándares diferenciados para
valorar cuándo una irregularidad en la
cadena de custodia invalida todo el juicio o
únicamente una parte.
Valor para la
discusión
El caso ejemplifica cómo una violación a la
cadena de custodia puede no invalidar el
proceso penal en su totalidad, dependiendo
del peso de otras evidencias válidas.
Sirve como advertencia sobre los riesgos de
una documentación deficiente, y refuerza la
necesidad de profesionalizar el manejo de
evidencia en todas las fases de la
investigación penal.
Conclusión
derivada
La sentencia subraya que el mal manejo de la
cadena de custodia, aunque no siempre
implique nulidad de todo el juicio, afecta la
legitimidad procesal y exige una valoración
cuidadosa del conjunto probatorio por parte
del juzgador.
Sirve como advertencia sobre los riesgos de
una documentación deficiente, y refuerza la
necesidad de profesionalizar el manejo de
evidencia en todas las fases de la
investigación penal.
Desde una perspectiva doctrinaria, el fallo establece un criterio interpretativo fundamental: la
vulneración de la cadena de custodia no implica automáticamente la nulidad del proceso, siempre que
el resto del acervo probatorio reúna condiciones de legalidad, pertinencia y suficiencia. Esta posición
matizada promueve una lectura equilibrada del principio de exclusión probatoria, evitando posturas
maximalistas que podrían comprometer la eficacia procesal sin que se hayan afectado sustancialmente
los derechos fundamentales de las partes.
El valor del caso radica, además, en su contribución a la consolidación de estándares diferenciados
para evaluar el peso de las irregularidades probatorias dentro del conjunto de elementos de convicción.
La Corte reconoció la transgresión a los protocolos de custodia, pero sostuvo que esta no tuvo
incidencia directa en la configuración del tipo penal imputado, lo que permitió preservar la validez de
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la sentencia. Este razonamiento refuerza la necesidad de una valoración judicial contextualizada,
técnica y proporcional, en la que se ponderen no solo las fallas procedimentales, sino también la
estructura global de la prueba.
Además, el caso visibiliza deficiencias estructurales en los mecanismos de control, documentación
y preservación de los indicios materiales, lo que subraya la urgencia de fortalecer las capacidades
institucionales y técnicas del sistema pericial. En ese sentido, el precedente actúa como una advertencia
para el sistema de justicia penal, al evidenciar que la debilidad en la cadena de custodia no solo afecta
la validez de una evidencia específica, sino que puede comprometer la credibilidad del proceso y la
percepción pública de imparcialidad judicial, este fallo no solo esclarece el alcance legal de la cadena
de custodia en la praxis judicial ecuatoriana, sino que contribuye al debate académico y normativo
sobre la necesidad de estándares más rigurosos en la gestión de la prueba. Refuerza, además, la tesis
central del presente estudio: la cadena de custodia debe ser concebida como una garantía procesal
transversal cuya debida observancia condiciona no únicamente la admisibilidad de la prueba, sino
también la legitimidad del juicio penal en su conjunto.
4. Discusión
Los hallazgos de este estudio evidencian que el manejo deficiente de la cadena de custodia representa
una de las vulnerabilidades más críticas dentro del sistema procesal penal ecuatoriano. Esta
problemática compromete la validez jurídica de las pruebas recabadas en la escena del delito, e incide
de manera directa sobre la calidad de las decisiones judiciales, el respeto al debido proceso y la
confianza de la ciudadanía en las instituciones encargadas de impartir justicia (Torres, 2022). El análisis
doctrinal y normativo confirma que la cadena de custodia, lejos de ser una formalidad técnica,
constituye un mecanismo esencial de control y legalidad procesal que garantiza la autenticidad,
integridad y trazabilidad de los elementos probatorios desde su recolección hasta su presentación en
juicio (Montañez, 2021).
Desde el punto de vista jurídico, la cadena de custodia adquiere un valor sustancial al estar
directamente relacionada con el principio de legalidad consagrado en el artículo 76, numeral 4 de la
Constitución de la República del Ecuador, así como en los artículos 454 al 459 del Código Orgánico
Integral Penal (COIP, 2014). Esta normativa establece con claridad que toda prueba obtenida o
manipulada de forma ilícita o irregular debe ser excluida del proceso penal. En este sentido, la cadena
de custodia no solo opera como una garantía procesal, sino como un criterio indispensable para
preservar la legitimidad del juicio y la imparcialidad de la actuación judicial (Echeverría, 2024). El
respeto de sus etapas es vital para que las evidencias conserven valor probatorio y, por ende, puedan
sustentar una sentencia válida.
Un aspecto destacado en esta investigación se centra en el análisis del recurso de revisión No. 19901-
2012-0092, resuelto por la Corte Nacional de Justicia, donde se reconoció la ruptura de la cadena de
custodia en la manipulación de teléfonos celulares, lo cual llevó a su exclusión del proceso como
prueba. No obstante, el tribunal ratificó la condena al considerar que existían otras pruebas válidas
que sustentaban el fallo (Corte Nacional de Justicia del Ecuador, 2021). Este precedente introduce el
criterio de la exclusión limitada, según el cual la irregularidad no anula necesariamente todo el
proceso, sino únicamente el elemento comprometido. Si bien este enfoque busca evitar la impunidad
por errores formales, también plantea riesgos importantes, ya que una interpretación laxa de las
normas de custodia puede permitir la admisión de pruebas contaminadas, afectando la objetividad e
imparcialidad del juzgador (Égüez-Valdivieso & Durán-Chávez, 2024).
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En este contexto, el criterio de exclusión limitada debe entenderse como una excepción que permite
mantener la validez del proceso cuando solo una parte de la prueba ha sido obtenida de forma
irregular, siempre que el resto del material probatorio se conserve íntegro y confiable. Sin embargo, su
aplicación debe ser muy cuidadosa, ya que un uso excesivo o poco riguroso puede dar lugar a la
admisión de pruebas contaminadas, lo que afectaría la imparcialidad del proceso y pondría en duda
la legitimidad del fallo. Como advierte Gómez (2023), admitir pruebas viciadas bajo este criterio puede
debilitar las garantías del proceso penal. Por tanto, es necesario establecer límites claros que eviten que
el criterio de exclusión limitada se convierta en una excusa para justificar errores o negligencias en el
manejo de evidencias (Orrego, 2024). Por tanto, su uso debe ser excepcional, justificado y ajustado a
los principios del debido proceso y la legalidad.
Las causas del mal manejo de la cadena de custodia responden en gran medida a deficiencias
estructurales que se repiten con frecuencia en el sistema judicial. Entre las principales limitaciones se
encuentran la insuficiente capacitación técnica del personal responsable de recolectar, embalar y
analizar evidencias; la carencia de protocolos unificados y actualizados; la falta de recursos
especializados para la conservación adecuada de los indicios; y la escasa incorporación de tecnologías
que aseguren una trazabilidad fiable durante todo el proceso (Pilco, 2023; González et al., 2024). Estas
falencias no solo comprometen la validez de los elementos probatorios, sino que afectan el debido
proceso y debilitan la administración de justicia.
A ello se suma la gestión de evidencias digitales, que presenta desafíos adicionales por la
manipulación inadecuada de dispositivos electrónicos, la ausencia de embalajes antiestáticos y el
desconocimiento de protocolos técnicos específicos (Mansilla-Moya & Mansilla-Moya, 2022). En
contraste, países como Colombia y México han logrado avances significativos mediante la
implementación de normativas robustas: el Manual de Cadena de Custodia en Colombia y el Código
Nacional de Procedimientos Penales junto con el Acuerdo A/009/15 en México, que exigen bitácoras
digitales, registros técnicos y procedimientos estandarizados. Estos modelos constituyen referentes
pertinentes para el fortalecimiento institucional y el rediseño de políticas públicas en Ecuador
(Marchal, 2023; Brito-Febles & Muñoz-Alfonso, 2023). Estas debilidades se agravan especialmente en
contextos con escasos recursos institucionales, donde las evidencias están más expuestas a riesgos de
contaminación, pérdida o manipulación indebida. De este modo, la cadena de custodia puede verse
vulnerada tanto por errores operativos como por la ausencia de condiciones estructurales necesarias
para garantizar su integridad.
La negligencia en la cadena de custodia vulnera derechos procesales y compromete la validez de
las pruebas, afectando a víctimas y acusados, lo que socava la confianza en el sistema judicial (Pinto &
Astudillo, 2023). Aunque el COIP establece lineamientos, persisten vacíos legales que dificultan
sancionar errores por la falta de tipificación y estandarización de procedimientos (Bermejo & Pozo,
2024). Esto favorece la impunidad, por lo que se requiere fortalecer la normativa con reglamentos
técnicos obligatorios, protocolos específicos y auditorías periódicas.
La presente investigación también revela que los errores en la cadena de custodia afectan no solo la
validez jurídica de las pruebas, sino también la eficacia de la labor pericial. Los informes elaborados
por expertos forenses presuponen que las evidencias analizadas no han sido alteradas desde su
recolección. Sin embargo, cuando esta condición no se cumple, los resultados periciales carecen de
valor jurídico, generando incertidumbre en el juzgador y debilitando las conclusiones técnicas del caso
(Aguirrezabal, 2023; Basantes & Sánchez, 2024). La ruptura de la cadena de custodia, entonces, daña
tanto el componente formal del proceso como su dimensión científica, reduciendo la confiabilidad del
sistema en su conjunto.
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En términos institucionales, el estudio pone en evidencia la necesidad de una política pública
integral orientada a profesionalizar el manejo de evidencias. Esta política debe incluir medidas como
la certificación obligatoria del personal que interviene en el proceso probatorio, la incorporación de
tecnologías digitales de trazabilidad, la inversión en infraestructura forense y la estandarización de los
procedimientos a nivel nacional. En consecuencia, se propone la creación de una unidad técnica
especializada e independiente que supervise el cumplimiento de la cadena de custodia en todas las
etapas del proceso penal, con capacidad para emitir informes, realizar auditorías y formular
recomendaciones correctivas (Riofrío, 2021; Jordan et al., 2022).
La cadena de custodia constituye un pilar fundamental del sistema de justicia penal, cuya alteración
o negligencia no solo compromete la validez probatoria, sino también la legitimidad del proceso y la
garantía de los derechos fundamentales. Aunque la jurisprudencia ecuatoriana contempla cierta
flexibilidad en la valoración de pruebas afectadas, esta debe basarse en criterios objetivos, coherentes
y proporcionales que eviten decisiones arbitrarias. En este sentido, el fortalecimiento técnico,
normativo y ético de la cadena de custodia resulta indispensable para asegurar procesos penales justos,
eficaces y alineados con los principios del Estado de derecho.
5. Conclusiones
Los resultados de este estudio confirman que el manejo inadecuado de la cadena de custodia
representa una de las fallas estructurales más críticas del sistema procesal penal ecuatoriano. Las
irregularidades observadas como la falta de trazabilidad, rotulación incorrecta y manipulación
indebida de evidencias comprometen seriamente la validez jurídica de las pruebas, debilitando su
credibilidad ante el juzgador y vulnerando el derecho al debido proceso. Esta situación puede derivar
en la exclusión probatoria y, en casos extremos, afectar la legitimidad de la sentencia penal.
El análisis jurisprudencial, particularmente del Recurso de Revisión No. 19901-2012-0092, evidencia
que la Corte Nacional de Justicia ha adoptado un criterio de exclusión limitada, según el cual la ruptura
de la cadena de custodia no invalida todo el proceso si existen otras pruebas válidas que sustentan la
condena. Este enfoque, aunque funcional, plantea riesgos relevantes en términos de garantías
procesales, ya que su aplicación indiscriminada puede abrir paso a decisiones basadas en pruebas
contaminadas o deficientemente gestionadas.
Las deficiencias identificadas responden a causas institucionales persistentes: insuficiente
capacitación del personal, ausencia de protocolos uniformes y falta de herramientas tecnológicas para
asegurar el seguimiento documental y físico de las evidencias. Estas carencias no solo afectan la validez
probatoria, sino que erosionan la confianza pública en la justicia penal.
En coherencia con los hallazgos y la discusión desarrollada, se concluye que el fortalecimiento de la
cadena de custodia exige una respuesta integral. Es imprescindible implementar políticas públicas que
incluyan la capacitación obligatoria y certificada del personal operativo, la estandarización nacional
de procedimientos conforme al COIP, el uso de tecnologías de trazabilidad verificable y la creación de
una unidad técnica especializada e independiente que supervise, audite y corrija el manejo de
evidencias en todas las etapas del proceso penal. Solo así será posible garantizar que las pruebas
recolectadas conserven su valor legal y que el sistema judicial ecuatoriano responda a los principios
de legalidad, transparencia y respeto irrestricto a los derechos fundamentales.
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ISSN: 3028-8983
Vol. 3 N° 2, julio-diciembre 2025 (16-32)
Perspectivas Sociales
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Transparencia
Conflicto de interés
Los autores declaran que no existen conflictos de interés de naturaleza alguna como parte de la
presente investigación.
Fuente de financiamiento
Los autores financiaron completamente la investigación.
Contribución de autoría
Génesis Anabel Guevara Hernández: Conceptualización, metodología, software, validación, análisis
formal, investigación, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción - revisión
y edición, financiamiento, administración del proyecto, supervisión.
Miguel Leonardo Mora Romero: Conceptualización, metodología, validación, análisis formal,
investigación, gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción
- revisión y edición, financiamiento, recursos, supervisión.
Los autores contribuyeron activamente en el análisis de los resultados, revisión y aprobación del
manuscrito final.