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Vol. 3 N° 1, enero-junio 2025 (122-133)
122
Artículo de revisión
Garantías constitucionales en violencia intrafamiliar. Exclusión
de la prueba técnico pericial médica en la audiencia
Constitutional guarantees in domestic violence. Exclusion of medical technical
expert evidence at the hearing
Zoila Fabiola Barreto Pilco*
Barreto y asociados - Consorcio Jurídico
Riobamba - Ecuador
faby977@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0000-4915-9731
Juan Pablo Gutiérrez Granizo
Escuela Superior Politécnica de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
juan.gutierrez@espoch.edu.ec
https://orcid.org/0009-0005-4045-2081
Marcia Lisbeth Verdugo Arcos
Universidad Estatal de Milagro
Milagro - Ecuador
mverdugoa@unemi.edu.ec
https://orcid.org/0009-0000-3004-386X
*Correspondencia: faby977@hotmail.com
Cómo citar este artículo:
Barreto, Z., Gutiérrez, J., & Verdugo, M.
(2025). Garantías constitucionales en
violencia intrafamiliar. Exclusión de la
prueba
técnico pericial médica en la
audiencia.
Administrativas, 3(1), 122-133.
https://doi.org/10.61347/psa.v3i1.81
Recibido: 12 de mayo de 2025
Proceso de evaluación:
13 de mayo al 11 de junio de 2025
Aceptado: 13 de junio de 2025
Publicado: 24 de junio de 2025
Resumen: La violencia intrafamiliar constituye una de las problemáticas sociales más
graves y complejas en Ecuador, con profundas implicaciones en la salud física,
emocional y psicológica de las víctimas. En este contexto, el sistema judicial tiene la
responsabilidad de garantizar una tutela efectiva y respetuosa de los derechos
fundamentales durante el proceso penal. La prueba pericial medicolegal adquiere
especial relevancia en los casos de violencia intrafamiliar, al aportar elementos científicos
que corroboran objetivamente los hechos denunciados. No obstante, su valoración ha
generado controversias jurídicas cuando no se cuenta con la comparecencia presencial
del perito en audiencia. Este artículo analiza, desde una perspectiva constitucional y
jurisprudencial, la validez de la prueba pericial medicolegal presentada sin la presencia
del perito, tomando como referencia principal la Sentencia No. 2504-16-EP/21 de la Corte
Constitucional del Ecuador. Dicha sentencia establece que, en el marco del
procedimiento expedito previsto para casos de violencia intrafamiliar, la incorporación
de informes periciales sin ratificación presencial no vulnera el derecho al debido proceso,
siempre que exista una motivación judicial adecuada y se respeten las garantías
procesales esenciales. El estudio concluye que la celeridad procesal no debe implicar la
automatización en la valoración de la prueba, y destaca la necesidad de que los jueces
ejerzan un control riguroso y fundado. Asimismo, propone reformas estructurales
orientadas a fortalecer una justicia con enfoque de género, garantizar la protección
integral de las víctimas y consolidar la confianza en el sistema judicial, en concordancia
con los estándares internacionales de derechos humanos.
Palabras clave: Debido al proceso, garantías constitucionales, perspectiva de género,
violencia intrafamiliar.
Abstract: Intrafamily violence constitutes one of the most serious and complex social problems in
Ecuador, with profound implications for the physical, emotional, and psychological health of the
victims. In this context, the judicial system has the responsibility to ensure effective protection
and respect for fundamental rights throughout the criminal proceedings. Forensic medical expert
evidence is particularly relevant in cases of intrafamily violence, as it provides scientific elements
that objectively corroborate the reported facts. However, its assessment has generated legal
controversies, especially when the expert does not appear in person at the hearing. This article
analyzes, from a constitutional and jurisprudential perspective, the validity of forensic medical
expert evidence submitted without the expert’s physical presence, using as a central reference
Ruling No. 2504-16-EP/21 issued by the Constitutional Court of Ecuador. This ruling establishes
that, within the framework of the expedited procedure provided for intrafamily violence cases, the
inclusion of expert reports without in-person ratification does not violate the right to due process,
provided there is adequate judicial reasoning and essential procedural guarantees are upheld. The
study concludes that procedural speed should not entail automated or uncritical evaluation of
evidence and emphasizes the need for judges to exercise thorough and reasoned control. It also
proposes structural reforms aimed at strengthening a justice system with a gender-sensitive
approach, ensuring the comprehensive protection of victims, and restoring public trust in the
judiciary, in accordance with international human rights standards.
Keywords: Constitutional guarantees, due process, domestic violence, gender perspective.
Copyright: Derechos de autor 2025 Zoila
Fabiola Barreto Pilco, Juan Pablo Gutiérrez
Granizo, Marcia Lisbeth Verdugo Arcos.
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